Proyecto de ecocidio amenaza inversiones en Vaca Muerta y minería
Senadora Terenzi impulsa figura penal con penas de hasta 15 años por daño ambiental no intencional.

Un proyecto de ley presentado en el Senado por Edith Terenzi (Chubut) incorpora el delito de ecocidio al Código Penal y genera rechazo en los sectores de oil & gas, minería y agro. La iniciativa establece penas de hasta 15 años de prisión para daños ambientales calificados como "irreversibles" o "especialmente graves".
El cuestionamiento central apunta al alcance de la figura. El texto condiciona el delito a la violación de "cualquier normativa vigente de protección ambiental y sus reglamentaciones", expresión que abarca leyes nacionales, provinciales, ordenanzas municipales, resoluciones administrativas y condiciones de permisos. Para los operadores, esa fórmula impide anticipar con precisión qué conducta activa la responsabilidad penal.
La objeción constitucional se apoya en el artículo 18 de la Constitución Nacional. Un delito debe definir con precisión la conducta prohibida y la pena aplicable, sin quedar librada a reglamentaciones posteriores. La referencia a "cualquier normativa" podría derivar la base del delito a normas provinciales o municipales modificables por autoridad administrativa, con variación territorial en la relevancia penal de una misma conducta.
El segundo eje de riesgo es la ausencia de parámetros cuantificables para determinar cuándo un impacto es "irreversible" o "especialmente grave". Dos evaluaciones técnicas pueden diferir sobre la recuperabilidad de un ambiente y ese disenso definiría la existencia y gravedad del delito. En petróleo, gas y minería, incidentes operativos no intencionales son corregidos mediante mitigación o remediación con eficacia probada. Bajo el esquema propuesto, una decisión técnica con impacto no buscado podría derivar en causa penal por negligencia, imprudencia o impericia.
La preocupación adquiere dimensión específica en Vaca Muerta, donde el desarrollo requiere inversiones sostenidas, planificación de largo plazo y una cadena integrada por operadoras, proveedores de servicios y actividades conexas. Los sectores privados sostienen que criminalizar el riesgo operativo ordinario modifica la evaluación de riesgo de nuevos proyectos y afecta decisiones de inversión, operación y autorización. El mismo planteo alcanza a minería y agro, actividades con horizontes extensos y capital comprometido.
El debate no cuestiona que la negligencia con daño ambiental tenga consecuencias. La disputa está en cuándo un hecho deja de ser infracción administrativa o responsabilidad civil y pasa a configurar delito penal. Los sectores productivos piden que esa frontera se defina con precisión antes de avanzar con una figura que contempla prisión.
fuente: Ámbito Energía
La figura penal amplía la responsabilidad por incidentes operativos no intencionales en Vaca Muerta, minería y agro, con penas de hasta 15 años y base en normativa ambiental de alcance indeterminado.
El proyecto espera tratamiento en comisiones del Senado, donde los sectores productivos buscarán acotar la definición de daño irreversible y el universo normativo aplicable.

